Resolución Nº 256 A.G.I.P. (B.O.C.A.B.A. Nº 6912 del 2024-07-15)
Feria Fiscal. Esta norma fija el período previsto en el artículo 1º, inciso b), de la Resolución Nº 59-DGR/06 entre los días 15 y 19 de julio de 2024, ambas fechas inclusive.
Artículo 2°.- Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley Nacional Nº 27.430 >
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Ley Nº 6643 P.L.C.A.B.A. (B.O.C.A.B.A. Nº 6.625 del 2023-05-19)
Modificación del Anexo I de la Ley Nª 6.593. Por medio de esta norma se sustituyen los textos de los artículos 56, 86, 89, 92, 95, 106, 109, 114,
120, 125, 126, 127, 128, 135, 145, 154, 155, 156, 158, 159 y 162 del Anexo I de la Ley
6593, los que quedarán redactados de acuerdo con lo detallado en el Anexo I, el que a
todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
también se derogan los artículos 107 y 161 del Anexo I de la Ley 6593.
Además, dispone que la totalidad de las contribuciones,... >
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Resolución Nº 378 A.G.I.P.(B.O.C.A.B.A. Nº 6.521 del 2022-12-16)
Feria Fiscal. Cómputo de los plazos procedimentales en el ámbito de la Dirección General de Rentas. Resolución Nº 59/2006 (D.G.R.C.A.B.A.). . Mediante esta norma se fija el período previsto en el artículo 1°, inciso a), de la Resolución Nº
59/DGR/2006 entre los días 2 y 13 de enero de 2023, ambas fechas inclusive.
Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley... >
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Resolución Nº 262 A.G.I.P.(B.O.C.A.B.A. Nº 6.461 del 2022-09-16)
Régimen de regularización transitorio respecto de las obligaciones tributarias en mora. Esta norma dispone un régimen de regularización transitorio respecto de las obligaciones tributarias en mora, correspondientes al Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros; Patentes sobre Vehículos en General; Embarcaciones Deportivas o de Recreación; Contribución por Publicidad; Gravámenes por Uso, Ocupación y Trabajos en el... >
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Ley Nº 6427 P.L.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº 6151 del 2021-06-17)
Emergencia sanitaria. Establecimientos destinados al servicio de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares. Obligación de pago de las cuotas mensuales por los periodos 06/2021, 07/2021 y 08/2021 del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño. . Se... >
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Ley Nº 6323 P.L.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº 5.946 del 2020-09-02)
Derechos e Impuestos Varios. Actividades de la Construcción. Beneficios Fiscales. Código Fiscal - T.O. 2020. Modificación.. Mediante esta norma se exceptúa del pago de las cuotas N° 5/2020 y N° 6/2020 a los contribuyentes inscriptos en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen las actividades de la construcción especificadas en la PLANILLA ADJUNTA DE ACTIVIDADES N° 4-CODIFICACIÓN NAES de la Ley Tarifaria vigente.
Asimismo, se introducen modificaciones en el... >
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Resolución Nº 227 A.G.I.P.( Nº del )
Agentes de Recaudación de los diversos tributos. Plazo para el pago de las obligaciones tributarias y el depósito de las sumas recaudadas. Prórroga.. Mediante esta norma se prorroga hasta el día 14 de agosto de 2020, el plazo para el pago de las obligaciones tributarias y el depósito de las sumas recaudadas por los Agentes de Recaudación de los diversos tributos, cuya cancelación se efectúa mediante la generación del Volante Electrónico de Pago (VEP), operando los vencimientos originales los días 10 y 11 de agosto de 2020.
Si la... >
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Decreto Nº 207 P.E.C.A.B.A.( Nº del )
Texto ordenado 2020. Aprobación.. Mediante esta norma se aprueba el texto ordenado del Código Fiscal, su índice y su cuadro de correlación de artículos. >
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Resolución Nº 187 A.G.I.P.(B.O.C.A.B.A. Nº 5.867 del 2020-05-12)
Se establece que no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 12 y 24 de mayo de 2020.. Mediante esta norma se establece que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 12 y 24 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.
Quedan excluidos de la presente... >
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Resolución Nº 178 A.G.I.P.( Nº del )
Emergencia sanitaria, Prórrogas.. Mediante esta norma se prorroga:
- Hasta el día 11 de mayo de 2020, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento original operó el día 10 de abril de 2020. A los efectos de consultar los medios de pago alternativos habilitados, dichos Agentes podrán acceder a la opción Infoagip dentro de la página Web del Organismo... >
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Resolución Nº 11 A.G.I.P.(B.O.C.A.B.A. Nº del 2020-01-15)
Tributos que recaen sobre los inmuebles radicados en la Ciudad. Valuación fiscal homogénea. Base imponible. Metodología.. Mediante esta norma se aprueba la metodología para el cálculo de la valuación fiscal homogénea para el ejercicio fiscal 2020, incluyendo la Tabla indicativa del valor real de edificación según categoría y destino de los inmuebles.
Asimismo, se aprueban:
a) Las Tablas de coeficientes necesarias para la actualización de la valuación fiscal homogénea para el ejercicio fiscal... >
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Ley Nº 6279 P.L.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº 5.767 del 2019-12-23)
Se modifica el Código Fiscal vigente según Decreto N° 104/2019.. Mediante esta norma se introducen modificaciones al Código Fiscal vigente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con vigencia a partir del 1º de enero de 2020. >
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Decreto Nº 104 P.E.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº del 2019-03-15)
Código Fiscal. Ley Nº 541 (t.o. en 2019). Texto ordenado 2019. Aprobación.. Mediante esta norma se aprueba el texto ordenado del Código Fiscal 2019, su índice y su cuadro de correlación de artículos. >
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MARCO NORMATIVO
- CODIGO FISCAL CABA: Exención sólo I.Brutos. Art. 180 (puntos 3.4.21.22.). Art. 181.
- CÓDIGO FISCAL CABA: Exenciones Generales. Art. 43. 48. 49. 50. 51. 53. 54. 181.
- CODIGO FISCAL CABA: Condonación de tributos para entidades. Art. 141
Resolución Agip 33/2009
| IMPORTANTE
EN TODOS LOS TRAMITES DE EXENCION AGIP LA ENTIDAD DEBERA contar con su CERTIFICADO VIGENTE DE EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS - AFIP.
El tramite de exencion “solo ingresos brutos” es en web agip (la entidad debe inscribirse en agip, obtener clave fiscal y... >
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Ley Nº 5948 P.L.C.A.B.A.(B.O. Nº 5.297 del 2018-01-18)
Se sustituyen artículos del Anexo I de la Ley N° 5914 - Tarifaria para el año 2018. Esta norma sustituye los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71 y 72 del ANEXO I de la Ley Tarifaria para el año 2018 N° 5914, sancionada el 30 de noviembre de 2017, los que quedarán redactados de acuerdo a los textos que se detallan en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Además se incorporan los artículos 54 bis, 55 bis, 57... >
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Ley Nº 5939 P.L.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº 5.290 del 2018-01-09)
Exímisión de tributos.Programa PRO.CRE.AR.. Esta norma exíme de todo tributo establecido en el Código Fiscal y la Ley Tarifaria a los hechos imponibles que surjan en el marco del Programa PRO.CRE.AR., a los emprendimientos de viviendas y cocheras ubicados en la Ex Playa Ferroviaria
Estación Buenos Aires >
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Resolución Nº 591 A.G.I.P.(B.O.C.A.B.A. Nº 5.032 del 2016-12-23)
Feria fiscal. Se fija el período previsto en la Resolución N° 59/2006 (D.G.R.).. Por medio de esta norma se fija el período previsto en el artículo 1°, inciso a), de la Resolución N° 59/2006 (D.G.R.) entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambas fechas inclusive.
Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en la Ley Nacional N° 24.769 y sus modificatorias.
La presente Resolución regirá a partir del día 2 de enero de 2017. >
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26 de diciembre de 2016
,por Santos Romero, Analía
Mediante la Resolución Nº 591/2016 (B.O.C.A.B.A. del 23/12/2016) se fija el período previsto en el artículo 1º, inciso a), de la Resolución Nº 59/2006 entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambas fechas inclusive.
De esta manera, en el ámbito de la A.G.I.P. no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambas fechas inclusive.
Quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en la Ley Nacional N° 24.769 y sus modificatorias.
Esto,... >
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Resolución Nº 3959 (M.H.G.C.A.B.A.) (B.O.C.A.B.A. Nº 5.028 del 2016-12-19)
Se establecen las fechas de vencimiento correspondientes al Ejercicio Fiscal del año 2017.
Esta norma dispone para el pago de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las fechas de vencimiento correspondientes al Ejercicio Fiscal del año 2017. >
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30 de noviembre de 2016
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
MONOTRIBUTO
1.1.
A.F.I.P. publicó nueva nómina de sujetos excluidos
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.474 del 03/10/2016 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Al listado de sujetos excluidos se podrá acceder consultando el Anexo I publicado en la página web del Boletín Oficial del día 3º de octubre de 2016... >
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14 de septiembre de 2016
,por Santos Romero, Analía
1.
INTRODUCCIÓN
A través del artículo 22 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –t.o. 2016– se reglamente el domicilio fiscal electrónico, estableciendo que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a través de los organismos gubernamentales competentes, gestiona, administra y controla la totalidad del proceso informático que requiere el domicilio fiscal electrónico, conforme los alcances y modalidades que determina el Código Fiscal y sus reglamentaciones.
Por otra parte, el artículo 32 del citado cuerpo legal establece que las... >
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Desde el 1° de octubre de 2016 los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –inscriptos en cualquier categoría del impuesto- y los agentes de recaudación, deberán constituir el domicilio fiscal electrónico.
Así fue dispuesto por la A.G.I.P. mediante la publicación de la Resolución N° 405/2016.
El domicilio fiscal electrónico producirá en el ámbito administrativo y judicial los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y... >
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¿Qué carteles debe exhibir un comercio cuyo local está ubicado en CABA y tiene como actividad la venta minorista y mayorista de quesos y fiambres?.
A través de la Resolución General Nº 3377 se estableció que los contribuyentes que realicen operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales deberán exhibir en sus locales de venta, salas de espera, oficinas o áreas de recepción en sustitución del F. 960 (exija su factura) el formulario F. 960/NM - Data Fiscal.
A su vez, en CABA, de conformidad con lo establecido por... >
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Resolución Nº 149 (A.G.I.P.)
Concesionarias de Venta de Vehículos Automotores 0 Km. Régimen de información.
Por medio de esta norma se establece un régimen de información que se regirá por lo dispuesto en la presente, para las Concesionarias de Venta de Vehículos Automotores 0 Km, que realicen ejercicio habitual de su actividad en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que tendrá por objeto obtener los informes referidos a las unidades que comercialice, independientemente del domicilio real del titular del dominio. >
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Ley Nº 4827 P.L.C.A.B.A.(B.O.C.A.B.A. Nº 4.337 del 2014-02-11)
Exhibición y publicidad de precios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta ley tiene por objeto regular la exhibición y publicidad voluntaria de precios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y didpone que quienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires deben exhibir precios de ac
uerdo a lo establecido en esta ley y normas
complementarias. >
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